La Ley 34/2014, de 26 de diciembre, de medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social, regula los distintos sistemas de liquidación de cuotas de la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta, entre los que se encuentra el Sistema de Liquidación Directa por la Tesorería General de la Seguridad Social. Mediante este nuevo sistema, la Tesorería procede a modificar el método utilizado hasta la fecha para gestionar las cotizaciones a la seguridad social. La incorporación se producirá a partir del primer día del mes siguiente al de la notificación de la presente resolución (JUNIO 2016). El nuevo SLD se aplicará con carácter obligatorio para la determinación e ingreso de las cuotas de la Seguridad Social y por los conceptos de recaudación conjunta a partir del 3r mes natural siguiente a la incorporación en el sistema, (Septiembre de 2016) Para cualquier duda o aclaración consúltenos.
- Etiquetas:
- RED Y CUOTAS Y EMPRESAS Y TESORERIA
¿Puedo solicitar un cambio en mi forma de prestar servicios en la empresa para conciliar mi vida familiar y laboral?
¿QUÉ CELEBRAMOS HOY, DÍA DE LA MUJER TRABAJADORA?
¿ HACEMOS UN SKYPE ?
¿QUÉ HAY TRÁS UN ACCIDENTE LABORAL?
DIAGNÓSTICO DEL MOBBING O ACOSO LABORAL; PASOS A SEGUIR.